El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo informó la ampliación del plazo para el cumplimiento a la obligación, de cara al Decreto Único 1074 de 2015 y la Ley 1581 de 2012. "Registro Nacional de Base de Datos" teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:
Los Responsables del Tratamiento, personas jurídicas de naturaleza privada y sociedades de economía mixta inscritas en las cámaras de comercio del país, deberán realizar la referida inscripción a más tardar el treinta (30) de junio de 2017, de acuerdo con las instrucciones que para el efecto imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.
Los Responsables del Tratamiento, personas naturales, entidades de naturaleza pública distintas de las sociedades de economía mixta y personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las cámaras de comercio, deberán inscribir sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos a más tardar el treinta (30) de junio de 2018, conforme con las instrucciones impartidas para tales efectos por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Las bases de datos que se creen con posterioridad al vencimiento de los plazos referidos en los literales a y b enunciados anteriormente, deberán inscribirse dentro de los dos (2) meses siguientes, contados a partir de su creación. ".
Ver Decreto 1759 8 de noviembre de 2016
Por lo anterior, Fenalco Bolívar en alianza con el Centro de Servicios Empresariales Tecnológico Comfenalco, pone a disposición de los afiliados, capacitaciones y asesorías sobre el tema.
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directoraeconomicabolivar@fenalco.com.co
643 68 91
Adolfo Cantillo Espitia - Coordinador General Centro de Servicios Empresariales Tecnológico Comfenalco
acantillo@tecnologicocomfenalco.edu.co
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