EL NUEVO CÓDIGO DE POLICÍA NO PROHÍBE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TIENDAS – GUILLERMO BOTERO NIETO

El Código de Policía es una herramienta para mejorar las condiciones de convivencia de los ciudadanos. Tiene un carácter preventivo y debe garantizar el respeto del ejercicio de los derechos y libertades, para que los colombianos cumplan sus deberes y resuelvan sus diferencias pacíficamente.

Colombia estaba en mora de actualizar el Código de Policía, teníamos una versión del año 1970, que había venido perdiendo vigencia con los años. Los colombianos anhelan los niveles de convivencia que tienen otras ciudades del mundo, pues esas ciudades cuentan con normas que regulan la convivencia de los ciudadanos.

El código está compuesto por tres libros que contienen 243 artículos, donde se abordan los siguientes temas como las bases para la convivencia, derechos y deberes de las personas en materia de convivencia, los comportamientos contrarios a la convivencia, las medidas de policía, procedimientos y mecanismos alternativos de solución de conflicto.

El comercio se ve afectado con la implementación de este nuevo código de policía?

El código recoge normas sobre la actividad económica contenidas en otras normas, enumera los comportamientos contrarios a la convivencia y establece unos procedimientos y multas por incumplimiento. Realmente no introduce cambios si tenemos en cuenta que normas como el no consumo de alcohol en el espacio público, o el deber de los establecimientos de observar la actividad económica para la cual fue creada, son reglas de juego previas.

El Código de Policía modifica los horarios establecidos para la actividad económica?

Este es uno de los mitos que se ha difundido alrededor del Código. El Código no introduce ninguna restricción horaria, simplemente ratifica la competencia de la policía para hacer cumplir los horarios determinaos por el alcalde del municipio respectivo. Es decir, el Alcalde es quien tiene la competencia para restringir los horarios de actividades económicas que afecten el orden y la convivencia pacífica. En casi todas las ciudades del país estos horarios ya están establecidos.

Se ha especulado que las tiendas de barrio no pueden vender bebidas alcohólicas. Es esto cierto?

No existe ninguna restricción en el Código de Policía que impida a las tiendas esta actividad. De hecho, el código de policía contiene dos artículos relacionados con la venta y consumo de bebidas alcohólicas:

  1. En establecimientos educativos y áreas circundantes (artículo 34)
  2. En estadios, coliseos, centros deportivos, parques hospitales, centros de salud y en general, en el espacio público, excepto en las actividades autorizadas por la autoridad competente (artículo 140)

​Guillermo Botero Nieto, Presidente de Fenalco Nacional.