¿Qué es el acoso laboral?
El acoso laboral es toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado o trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un par o compañero de trabajo o un subalterno.
Este comportamiento está encaminado a infundir miedo, intimidación, terror y angustia con el objeto de causar un perjuicio, desmotivación laboral o inducir la renuncia por parte del trabajador.
¿Cuáles son las modalidades de acoso laboral?
La ley contempla las siguientes modalidades:
Maltrato laboral: Esta clase de maltrato está enfocado en todo acto de violencia contra la integridad física o moral, libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado. Es considerado maltrato las expresiones verbales que lesionen la intimidad e integridad del trabajador.
Persecución laboral: Esta clase de acoso se evidencia en la reiteración o arbitrariedad de un tercero con el propósito de inducir a la renuncia del trabajador. Actos ligados a este caso es la descalificación, la carga excesiva de trabajo, los cambios permanentes de horarios y todas aquellas medidas que produzcan desmotivación laboral.
Discriminación laboral: Dicha modalidad está representada en el trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, religión, preferencias políticas o situación social, que en nada determinen o perjudiquen la actividad del trabajador dentro de su espacio de trabajo.
Entorpecimiento laboral: es toda acción encaminada a obstaculizar la acción del trabajador o hacerla difícil de ejecutar para provocar un perjuicio al empleado. Inequidad laboral: Se presenta cuando existe una asignación de funciones a menosprecio del trabajador.
Desprotección laboral: Esta modalidad de acoso se presenta cuando se pone en riesgo la integridad y seguridad del empleado, a través de la asignación de actividades sin cumplir con los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.
¿Cuáles son las conductas que no constituyen acoso laboral?
• Las exigencias y órdenes necesarias para mantener la disciplina conforme al principio constitucional de la obediencia.
• Los actos destinados a ejercer la potestad disciplinaria que corresponde de manera legal a los superiores jerárquicos. • La formulación de exigencias razonables, como la fidelidad laboral.
• La formulación de documentos como circulares o memorandos de servicio encaminados a solicitar exigencias técnicas o mejorar la eficiencia laboral.
• La solicitud de cumplir con los deberes extras en aras de colaborar con la empresa.
• Las actuaciones administrativas o gestiones que se encuentran encaminadas a dar por terminado el contrato laboral.
• La solicitud de cumplir con los deberes de la persona y el ciudadano.
• Las exigencias de cumplir con las estipulaciones contenidas dentro del contrato laboral.